APELACION EN MATERIA MERCANTIL.
El Código de Comercio no señala término para expresar agravios, y como según el mismo ordenamiento, la apelación debe sustanciarse con un solo escrito de cada parte, y el informe en estrados, los agravios reclamados en ese informe deben tenerse como oportunamente expresados, para los efectos de la debida preparación de la súplica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363997-2f9d01bf/apelacion-en-materia-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 28/30. Mestas de Noriega Pilar y Mestas Noriega José. 5 de septiembre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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