APELACION EN MATERIA MERCANTIL.
Como el Código de Comercio no señala término para expresar agravios en la apelación y manda que ésta se substancia con solo un escrito de ambas partes y el informe en estrados, la reclamación que se haga en ese informe, debe estimarse como la expresión de agravios, suficiente para preparar el recurso de súplica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364329-d95816fb/apelacion-en-materia-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 142/28. Gómez Arzapalo Ernesto. 9 de julio de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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