PRESUNCIONES, APRECIACION DE LA PRUEBA DE.
Para la apreciación de la prueba de presunciones, los Jueces deben someterse a dos reglas fundamentales; que se encuentren probados los hechos de los cuales se derivan las presunciones, y que exista un enlace natural mas o menos necesario, entre la verdad conocida y la que se busca; de modo que si los tribunales se apartan de estas reglas, infringen la disposición legal relativa, y por ende, las garantías individuales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364133-e26c83cc/presunciones-apreciacion-de-la-prueba-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1617/36. Rodriguez Catarino, sucesión de. 26 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco Barba. Relator: Hilario Medina.
Quinta Epoca:
Tomo XXX, página 1402. Amparo penal directo 2422/29. Carrasco García Marina. 6 de noviembre de 1920. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PRESUNCIONES. (s/clave)
- PRESUNCIONES. (s/clave)
- PRUEBA DE PRESUNCIONES. (s/clave)
- PRESUNCIONES, PRUEBA DE. (s/clave)
- PRUEBA PRESUNTIVA. (s/clave)
- PRESUNCIONAL, APRECIACION DE LA PRUEBA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis