REMATES.
El acreedor hipotecario en primer lugar, bien puede consentir el remate decretado a moción del segundo acreedor hipotecario, sin que esto implique que consienta en que se le arrebaten sus derechos de primer acreedor, la posesión judicial que por virtud de su crédito se le ha dado, y la pérdida de la garantía real otorgada por un contrato válido, que no puede ser anulado o modificado sino mediante juicio; y si contra estos actos pide amparo, como ellos no son consecuencia precisa del remate, no debe estimarse improcedente el juicio de garantías, pues el remate no debe tener más consecuencias jurídicas que las determinadas por la ley, y conforme a las del Estado de San Luis Potosí, el acreedor que se adjudique una cosa en remate, reconocerá los créditos hipotecarios, para pagarlos al vencimiento de las escrituras, y entregará al deudor, al contado, lo que resulte libre del precio, después de hecho el pago; por tanto, los derechos adquiridos por un primer acreedor hipotecario, deben ser respetados, y sólo puede privársele de ellos, mediante juicio seguido conforme a las reglas tutelares del procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364369-6fb47db3/remates · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- REMATES, CREDITOS HIPOTECARIOS EN LOS. (s/clave)
- REMATES, EXCEPCIONES EN LOS. (s/clave)
- REMATE, EFECTOS DEL, CON RELACION A UNA HIPOTECA ANTERIOR. (s/clave)
- REMATE. EL JUEZ DEBE CERCIORARSE DE QUE SE LLAME AL PROCEDIMIENTO A LOS ACREEDORES PREFERENTES DE UN BIEN HIPOTECADO Y DE QUE EL MONTO OBTENIDO SE AFECTE AL PAGO DE LOS CRÉDITOS PR (1a. CV/2016 (10a.))
- REMATES. (s/clave)
- REMATES, EFECTOS DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis