COSA JUZGADA
La tesis general de que la autoridad de la cosa juzgada solamente favorece a las partes que han intervenido en la instancia, no es cierta sino cuando la acción es relativa a las personas; pero en el caso de que la resolución dictada en un juicio, sea de tal manera general, que afecte a la esencia misma de la obligación o título que la funde, la tesis carece de base.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364556-5ff25740/cosa-juzgada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2984/26. Vega José S de la. 17 de febrero de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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