CONTRATO DE CAMBIO.
Es inexacto que porque el origen de la obligación haya sido un contrato de compraventa, no exista el contrato de cambio, que es un contrato distinto de aquél, pudiendo substituir el uno, independientemente del otro; pues si se estipuló expresamente que para el pago que tenía que hacerse por el comprador, por un contrato de compraventa, giraría letras de una plaza a otra, no puedan estimarse éstas, desvirtuadas por el contrato anterior de compraventa, tanto más, cuanto que conforme a lo que dispone el artículo 78 del Código de Comercio, en las convenciones mercantiles, cada uno se obliga en la manera y términos que aparezca que quiso obligarse, sin que la validez del acto comercial dependa de la observancia de formalidades o requisitos determinados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364593-142631fc/contrato-de-cambio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPRAVENTA, PRECIO DE LA. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, A ELLAS NO SON APLICABLES LAS DISPOSICIONES DE LA LEY CIVIL. (s/clave)
- SIMULACION DE CONTRATO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, FALSEDAD DE LAS. (s/clave)
- OBLIGACIONES MERCANTILES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis