Corpus
Modo: Corpus Pro

AGRAVIOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 364868 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 899

Lo único que puede causar agravios en una sentencia judicial, es la parte resolutiva, en relación con los considerandos que la rigen directamente, y no las disquisiciones meramente teóricas que haga el juzgador.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364868-eaf9f9d5/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 519/29. Orrantia Darío. 8 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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