ALBACEAS.
Contra el fallo que los manda desposeer de los bienes de la sucesión, por desconocerles el carácter de herederos y albaceas, es improcedente conceder la suspensión, porque los agraviados pueden hacer valer sus derechos en el juicio correspondiente, ante las autoridades comunes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365209-faa6d0eb/albaceas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1709/27. Jerónimo María Josefa. 18 de mayo de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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