SINDICATOS, REPRESENTACION POR SECRETARIOS GENERALES DE LOS.
No es exacto que la representación de los sindicatos, en términos generales, radique en todas y cada una de las personas que forman el comité ejecutivo de cada organización, pues según se desprende del párrafo final del artículo 460 de la Ley Federal del Trabajo, tal representación es ejercida por el presidente de su directiva o comité, funcionario que dentro de la costumbre sindical es denominado secretario general.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365976-90484def/sindicatos-representacion-por-secretarios-generales-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2546/55. Rebeca Pérez Torres. 8 de abril de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
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