SINDICATOS, PRESIDENTE DE LA DIRECTIVA DE LOS.
El artículo 460 de la Ley Federal del Trabajo, en su párrafo final dice: "Salvo disposiciones especiales de los estatutos, la representación del sindicato estará ejercitada por el presidente de su directiva o comité...", y el presidente de la directiva de un sindicato lo es el secretario general.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373344-d0e04396/sindicatos-presidente-de-la-directiva-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1414/46. Sindicato de Obreros y Fontaneros y Similares de Jalapa, Veracruz. 7 de octubre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SINDICATOS, REPRESENTACION POR SECRETARIOS GENERALES DE LOS. (s/clave)
- SINDICATOS, REPRESENTACION DE LOS. (s/clave)
- SINDICATOS, REPRESENTACION DE LOS. (s/clave)
- SINDICATOS, REPRESENTACION DE LOS. (s/clave)
- SINDICATOS. NO REQUIEREN PODER DE SUS MIEMBROS PARA COMPARECER A JUICIO. (s/clave)
- SINDICATOS, DELEGACION DE LA REPRESENTACION DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis