SALARIO MINIMO, OBLIGACION DEL PATRON DE PROPORCIONARLO.
El pago del salario mínimo que deben obtener los trabajadores constituye una obligación de la empresa, sin que sea válido afirmar que a los propios trabajadores incumba el que alcancen o no ese salario, ya que no es verdad que por el hecho de que la empresa ministre material suficiente para trabajar, en condiciones tales que permitan a los obreros obtener el salario mínimo y en ocasiones sobrepasarlo, se le pueda relevar del pago de dicho salario mínimo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366027-8423d3ef/salario-minimo-obligacion-del-patron-de-proporcionarlo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1355/56. Sindicato de Torcedores de Tabaco y Anexos del Puerto de Veracruz. 10 de mayo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Jurisprudencia relacionada
- SALARIO MINIMO. (s/clave)
- SALARIOS NIVELACION DE LOS. (s/clave)
- SALARIO MINIMO AUMENTADO, CONDENA AL PAGO DEL, AUNQUE NO FUE RECLAMADO. (s/clave)
- SALARIO MÍNIMO. ES EL QUE DEBE TOMARSE EN CUENTA PARA CUANTIFICAR EL PAGO DE LAS CONDENAS DECRETADAS CUANDO EL TRABAJADOR LABORA LA JORNADA LEGAL, A PESAR DE QUE EL PATRÓN ACREDITE (II.T.322 L)
- SALARIO, PROPORCIONALIDAD DEL. (s/clave)
- PATRONOS, OBLIGACION DE LOS, PARA LA FIJACION DEL SALARIO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis