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Modo: Corpus Pro

FALTAS. LA PRESCRIPCION SOLO CORRE DESPUES DE LA INVESTIGACION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 366060 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 443

La investigación de las faltas de los trabajadores es un requisito para que se actualice la acción disciplinaria de una empresa, razón por la que el término de prescripción de esa acción no principia a correr desde la fecha de las faltas si no a partir de la fecha en que las mismas son comprobadas como resultado de la investigación previa correspondiente, pues de no aceptarse ese criterio, se correría el riesgo de considerar prescrita la acción antes de su nacimiento, lo que sería absurdo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366060-202ee7a9/faltas-la-prescripcion-solo-corre-despues-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5994/56. American Smelting Refinig Co. 21 de junio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.

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