LAUDOS DE LAS JUNTAS, DEBEN SER CONGRUENTES CON LA DEMANDA Y LA CONTESTACION.
Para que en los laudos que dictan las Juntas de Conciliación y Arbitraje se cumpla con el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, y por lo tanto no sean violatorios de garantías constitucionales, debe existir congruencia entre lo que en ellos se consigna o resuelva y los términos en que se formuló la demanda y la contestación, de manera que si al tratarse de extractar ambas para fijar la litis se alteran los términos precisos de lo dicho por las partes, existe evidentemente falta de congruencia, defecto que necesariamente repercute en la forma de resolver por un planteamiento inexacto de controversia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366502-0db26a78/laudos-de-las-juntas-deben-ser-congruentes-con · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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