Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJADORES DE HOTELES, NO SON DOMESTICOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 367624 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1568

El artículo 129 de la Ley Federal de Trabajo, no conceptúa como domésticos a los trabajadores en hoteles, fondas, etc., y expresamente los incluye en las reglas del contrato general de trabajo. Así pues, estos trabajadores, de acuerdo con los artículos 85 y 89 del mismo ordenamiento, recibirán su salario en moneda de curso legal y en ningún caso será inferior al mínimo; pero es claro que puede ser superior, esto es, que además de su salario mínimo puede recibir el trabajador cualquiera de las percepciones a que se refiere el artículo 86, entre ellas la de alimentos y habitación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367624-9e6c728d/trabajadores-de-hoteles-no-son-domesticos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 148/51. Solís José. 8 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.