DESCANSO SEMANAL, CARACTER IRRENUNCIABLE DEL.
El contenido del artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo adquiere caracteres de obligatoriedad imperativa con las disposiciones de los artículos 81 y 180 de la Ley Federal del Trabajo, pues estos preceptos con toda claridad indican que necesariamente el trabajador ha de disfrutar del día de descanso semanario, aun tratándose de labores continuas por su propia naturaleza, ya que el derecho al descanso semanario, no puede considerarse como de orden patrimonial con libre disposición para el trabajador, sino, muy por el contrario, debe estimarse como una institución de derecho público y social, tendiente a conservar la vitalidad del sujeto del trabajo con las finalidades económicas y biológicas antes dichas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367732-2558303f/descanso-semanal-caracter-irrenunciable-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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