DESCANSO SEMANAL.
La Constitución General de la República y la Ley Federal del Trabajo establecieron el descanso semanario como un derecho para los trabajadores, con tendencias a evitar su desgaste orgánico y conservar su capacidad de trabajo; de manera que, propiamente estatuyen una obligación patronal para conceder los descansos semanarios con pago de salario íntegro; pero lo que constituye una obligación para los patrones se convierte en un derecho para los trabajadores; sólo que estos derechos y obligaciones son de naturaleza peculiar y de distinta índole que los derechos y obligaciones que dimanan de la Ley Civil o de actos o hechos jurídicos del mismo orden.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367735-3289e9a9/descanso-semanal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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