CONTRATO DE TRABAJO, NATURALEZA DEL.
Para definir la naturaleza del contrato de trabajo, no es legal el criterio que se refiere a la dependencia económica, por no ser éste el requisito que menciona el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, sino el de dirección y dependencia a las órdenes patronales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367954-6d24030d/contrato-de-trabajo-naturaleza-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2454/52. Reséndiz Antonio. 8 de enero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Guzmán Neyra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATO DE TRABAJO, NATURALEZA DEL. (s/clave)
- CONTRATO, NATURALEZA DEL. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO, LA DEPENDENCIA ECONOMICA NO ES CONDICION INDISPENSABLE PARA QUE SE SURTAN LOS REQUISITOS DEL. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO, DIRECCION Y DEPENDENCIA, COMO ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL (SERVICIOS PRESTADOS A PATRONES DIVERSOS). (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO, DEPENDENCIA ECONOMICA EN RELACION CON EL. (s/clave)
- CONTRATOS DE TRABAJO, NATURALEZA DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis