TRABAJADORES DE BASE AL SERVICIO DEL ESTADO, NO ASCENDIDOS A PUESTOS INTERINOS.
Si a un trabajador al servicio del Estado se le concede una licencia en su empleo de base, para hacerse cargo de otro con el carácter de supernumerario, y con posterioridad cesan los efectos de éste nombramiento, es indudable que el trabajador tiene derecho a que se le reponga en el empleo que ocupaba antes de obtener la licencia para el desempeño del segundo puesto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368360-17d2dace/trabajadores-de-base-al-servicio-del-estado-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2136/49. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 2 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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