DESCANSO OBLIGATORIO.
Es sofístico y carente en lo absoluto de base, el argumento acerca de que, a los obreros a quienes se trata de privar de sus salarios en los días sábados que coinciden con un día de descanso obligatorio, señalado como tal por la ley o por su contrato, podrían laborar ese día sábado, en otra fuente de trabajo, puesto que todas esas fuentes están precisamente obligadas, legalmente, a observar ese descanso, que la ley concede al trabajador para que, con su salario íntegro, pueda dedicarse a sus actividades cívicas, y al cumplimiento de sus deberes patrios y sociales sin preocupaciones de índole económica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368445-36726b9f/descanso-obligatorio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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