PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
La prescripción es de derecho público; pero no debe ser examinada por las Juntas de Conciliación y Arbitraje, cuando no se hayan propuesto oportunamente, como en el caso en que no habiendo comparecido la parte demandada a la audiencia arbitral, es claro que ninguna excepción propuso, supuesto que la demanda se dio por contestada afirmativamente , y en tales condiciones si la propia demandada rindió prueba sobre la prescripción, no pudo tomarse en cuenta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369189-506d73fb/prescripcion-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6837/46. Lozada Ramón M. 9 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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