INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, QUIENES TIENEN DERECHO A RECIBIRLA.
La Ley Federal del Trabajo reconoce en forma expresa y clara, a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, la potestad de decidir quiénes tienen derecho a recibir la indemnización en caso de muerte, en vista de las pruebas que se le rindan, como lo dispone el artículo 297 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370155-a241532f/indemnizacion-por-muerte-del-trabajador-quienes-tienen-derecho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3576/48. The Moctezuma Copper Company. 2 de diciembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- MUERTE DEL TRABAJADOR, INDEMNIZACIONES POR. (s/clave)
- INDEMNIZACIONES POR MUERTE DEL TRABAJADOR. (s/clave)
- TRABAJADORES FALLECIDOS, DERECHOS DE LOS DEUDOS DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADOR, PRESTACIONES RECLAMABLES POR LA MUERTE DEL. (s/clave)
- TRABAJADORES, INDEMNIZACION POR MUERTE DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES, INDEMNIZACION POR MUERTE DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis