ACCIDENTES DE TRABAJO.
Es inexacto que el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo, sólo exija que la muerte ocurra o sobrevenga durante el trabajo o en el ejercicio de él, para que se repute como accidente de trabajo; pues dicho precepto tiene como presupuesto necesario, que el accidente sea producido por la acción repentina de una causa exterior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370589-f41cfadc/accidentes-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8802/46. Ortega Solís Inés. 28 de enero de 1948. Mayoría de tres votos. Excusa: Mariano Ramírez Vázquez. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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