TESTIGOS ANTE LAS JUNTAS MUNICIPALES PERMANENTES DE CONCILIACION.
Si los testigos no fueron tachados, ante la Juntas de Conciliación, no puede haber violación del artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo, ya que en la fase del procedimiento ante la Junta Central correspondiente, pueden rendirse las mismas pruebas que se han rendido ante la Junta de Conciliación, sin que ello pueda agraviar a las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370677-063b3bcd/testigos-ante-las-juntas-municipales-permanentes-de-conciliacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3749/45. Hernández de la Rosa Elva. 27 de febrero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS, TACHAS DE LOS, ANTE LAS JUNTAS. (s/clave)
- JUNTAS, TESTIGOS ANTE LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, RECEPCION DE LAS PRUEBAS ANTE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS. (s/clave)
- TESTIGOS EN MATERIA DE TRABAJO, TACHAS A LOS. (s/clave)
- TRABAJO, PERIODO DE RECEPCION DE LAS PRUEBAS, EN MATERIA DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis