TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, OMISION DEL ESTUDIO DE LAS REPREGUNTAS A LOS.
Si la parte demandada rindió prueba testimonial, y la parte actora repreguntó a los testigos, rindiendo así una prueba testimonial indirecta, subordinada al cuestionario de la directa de la propia índole, y la Junta responsable no estudió en su totalidad la prueba, desentendiéndose de analizar y calificar todas las repreguntas, sin emitir razón alguna para ello, debe concederse el amparo, a fin de que la propia Junta responsable, en un nuevo laudo, estudie y califique la prueba de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370719-e262d726/testigos-en-el-procedimiento-obrero-omision-del-estudio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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