SALARIOS CAIDOS A TRABAJADORES DEL ESTADO.
La condenación al pago de salarios caídos a los trabajadores del Estado, no es contraria al artículo 13 de la Constitución Federal, porque no se trata de emolumentos decretados en favor de alguna persona, sin causa legal, sino de responsabilidad específica del Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370877-24793bf5/salarios-caidos-a-trabajadores-del-estado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1818/47. Secretario de Salubridad y Asistencia Pública. 13 de octubre de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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