SALARIOS CAIDOS PARA LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
La condenación al pago de los salarios caídos a los trabajadores al servicio del Estado, no es contraria al artículo 13 de la Constitución Federal, por no tratarse de emolumentos decretados en favor de alguna persona sin causa legal, sino de responsabilidades específicas del Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372163-40808a0e/salarios-caidos-para-los-trabajadores-del-estado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6316/45. Secretaría de Educación Pública. 24 de enero de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: Luis G. Corona.
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