DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER, CUANDO LAS JUNTAS NO DEBEN DECRETAR LAS.
Una vez cerrada la instrucción, las Juntas carecen de facultades para adoptar pruebas, esclarecer hechos y, en general, buscar nuevos elementos para fundamentar sus laudos. Por tanto, si en el caso, la responsable ya había declarado no necesitar mayor instrucción para mejor proveer y turnó el expediente a la Sala de Dictaminadores para que se formulara el dictamen correspondiente, es claro que no obró legalmente al proveer con posterioridad la remisión del expediente laboral al Departamento Médico Consultivo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, (para poder resolver el negocio con mayor apego a la verdad, dada la oscuridad que existía en los diversos certificados médicos), con la opinión que emita el Jefe del indicado Departamento una vez que haya estudiado los diversos certificados médicos de autos, y en caso de serle posible, manifestar a consecuencia de qué enfermedad falleció el trabajador, y en su caso, si ésta puede considerarse como de origen profesional, y que llegada que sea la opinión aludida, se turnarán los autos nuevamente a discusión, todo con fundamento en los artículos 79 y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicable de acuerdo con lo prevenido por el artículo 16 de la Ley Federal del Trabajo; porque el primer auto declarando no necesitarse mayor instrucción para mejor proveer y mandando turnar el expediente a la Sala de Dictaminadores, para que se formulara el dictamen, causó estado, y por consiguiente, la Junta responsable, de conformidad con el artículo 555 de la indicada Ley Federal del Trabajo, careció de facultades para revocarlo. Además, en el caso no tienen aplicación los artículos 79 y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles, referido, porque la susodicha Ley Federal del Trabajo tiene el artículo 532.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370968-7d19c9c7/diligencias-para-mejor-proveer-cuando-las-juntas-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO. (s/clave)
- DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER POR LAS JUNTAS. (s/clave)
- DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER EN MATERIA DE TRABAJO. (s/clave)
- JUNTAS, APRECIACION DE LOS DICTAMENES MEDICOS POR LAS. (s/clave)
- TRABAJO, PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER EN MATERIA DE. (s/clave)
- DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis