TRABAJADORES SINDICALIZADOS, DEBEN COMPROBAR TAL CARACTER LOS SINDICATOS QUE PROMUEVAN EN SU NOMBRE.
Si bien es cierto que los sindicatos son los genuinos representantes de los trabajadores que tienen el carácter de miembros de los mismos, para que este mandato establecido por disposición de la ley, pueda surtir efectos, en el juicio en que promuevan dichos organismos en favor de un trabajador, en caso de que sea opuesta la excepción correspondiente, deben demostrar el carácter de socio de dicho trabajador, miembro del sindicato, para que la representación pueda ser reconocida por la Junta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371536-2c30c2f7/trabajadores-sindicalizados-deben-comprobar-tal-caracter-los-sindicatos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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