TRABAJADORES, NO EXISTE DESPIDO DE LOS, SI EL PATRONO CONSIENTE EN RECIBIRLOS.
Si el demandado niega haber despedido al trabajador y accede a recibirlo nuevamente en su empleo, toca a éste comprobar la existencia del despido y debe volver a sus labores porque, de no hacerlo, carece de derecho para reclamar los salarios caídos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371752-d058c870/trabajadores-no-existe-despido-de-los-si-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1966/46. Ortega María de la Luz. 5 de diciembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DESPIDO DEL TRABAJADOR. (s/clave)
- DESPIDO. (s/clave)
- DESPIDO DE TRABAJADORES, CUANDO NO DEBEN CONSIDERARSE QUE EXISTE. (s/clave)
- DESPIDO DE LOS TRABAJADORES. (s/clave)
- TRABAJADORES, DESPIDO DE LOS. (s/clave)
- DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO ACEPTADO DEL TRABAJO. SALARIOS CAIDOS. PAGO IMPROCEDENTE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis