PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS (NEGACION DE LA DEMANDA).
Si la Junta, para condenar a la empresa quejosa, se fundó en el hecho de que ésta no presentó prueba alguna que justificara la negativa de la demanda, porque al haber negado la acción estaba obligada a presentar la prueba de su negativa, debe decirse que no obró correctamente ya que en todas las legislaciones procesales, incluso en las de trabajo, se ha adoptado el principio de que el que afirma está obligado a probar, debiendo hacerlo el que niega, sólo cuando su negativa equivalga a la afirmación de algún hecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372045-e446af7d/pruebas-ante-las-juntas-negacion-de-la-demanda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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