TERCERIAS ANTE LAS JUNTAS.
Los convenios habidos entre el actor y el demandado, no afecta a los terceristas que pueden interponer su acción, aun después de prescrito el plazo para pedir la ejecución del laudo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372271-f5a6d91a/tercerias-ante-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1419/45. Marín Cesáreo. 28 de febrero de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: Roque Estrada.
Jurisprudencia relacionada
- TERCERIAS. (s/clave)
- TERCERISTAS. (s/clave)
- TERCEROS, DECISIONES DEL LAUDO SOBRE LAS PRETENSIONES DE LOS. (s/clave)
- TERCERIAS ANTE LAS JUNTAS. (s/clave)
- TERCEROS INTERESADOS, DECISIONES DEL LAUDO SOBRE LAS PRETENSIONES DE LOS. (s/clave)
- TERCERIAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis