JUNTAS, APRECIACION DE LA PRUEBA PERICIAL POR LAS.
Si se alega que la responsable no estudió ni analizó la prueba consistente en la opinión del médico de la Secretaría del Trabajo, debe decirse que la Junta en realidad incurrió en esa omisión, pues no basta que afirme que esta prueba demuestra el derecho ejercitado, sino que en el laudo debió exponer el proceso lógico que siguió para obtener las consecuencias que determinen los puntos resolutivos, pues de otra suerte se desconocen los elementos fundatorios de dichas conclusiones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372496-9cf595ca/juntas-apreciacion-de-la-prueba-pericial-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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