RIESGOS PROFESIONALES, ERROR EN LA ENUNCIACION DE LOS.
Aun cuando los artículos 285 y 286 de la Ley Federal del Trabajo, definen lo que constituye un accidente o una enfermedad profesional, tales definiciones no implican categorías destacadas dentro del género de riesgos profesionales, consideradas desde el punto de vista procesal, pues aun cuando los reclamantes se equivoquen en la calificación de la enfermedad profesional o del accidente de trabajo, de todas maneras queda evidenciado el riesgo profesional y consiguientemente la responsabilidad del patrono, para cubrir las indemnizaciones correspondientes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372552-17221189/riesgos-profesionales-error-en-la-enunciacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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