TRIBUNAL DE ARBITRAJE, CUANDO NO DEBE INTERPONER REVISION EL.
Debe desecharse el recurso de revisión interpuesto por el Tribunal de Arbitraje, porque cuando las autoridades responsables actúan resolviendo una controversia y su resolución es atacada en amparo, carecen del derecho de interponer revisión, por la falta del interés necesario para la prosecución del juicio, y del que sólo son titulares el quejoso y el tercer perjudicado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372560-c4cf0c56/tribunal-de-arbitraje-cuando-no-debe-interponer-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 568/45. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público. 17 de agosto de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente y ponente: Antonio Islas Bravo.
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