TESTIGOS EN MATERIA DE TRABAJO.
La declaración del secretario general del sindicato a que pertenece el actor, en cuanto a que la empresa le dio aviso del abandono del trabajo por dicho actor, ya que habiéndolo localizado y requerido para que se presentara nuevamente a reanudar sus labores, se negó a hacerlo, es una prueba que indiscutiblemente constituye un testimonio de calidad, que opera en contra del trabajador reclamante, y así, no puede conceptuarse que la Junta se haya excedido en el uso prudente de la facultad que para la apreciación de las pruebas le otorga el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372999-51e6083a/testigos-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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