TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
Son las partes que tienen obligación de hacer comparecer a sus testigos, de acuerdo con el artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo, y no la Junta respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373200-59c0ef11/testigos-en-el-procedimiento-obrero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8309/44. Sindicato de Jornaleros y Obreros Industriales de Ciudad Reynosa, Tamaulipas. 15 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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