Corpus
Modo: Corpus Pro

TESTIGOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, LAS PARTES DEBEN PRESENTARLOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 372751 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 878

De acuerdo con el artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo, cada parte deberá exhibir, desde luego, los documentos u objetos que hubiere ofrecido para su defensa, y presentará a los testigos o peritos que pretenda sean oídos, esto es, impone a los litigantes la obligación de presentar, desde luego, a dichos testigos y, no es de tomarse en consideración el alegato de la parte quejosa en el sentido de que se violó el artículo 524 referido, porque sin motivo ni fundamento, la responsable desechó la prueba testimonial, a pesar de que sus testigos se encontraban en el local de la Junta. Si, según el secretario del Grupo responsable, dichos testigos no estaban presentes cuando principió la diligencia de recepción de pruebas. Por tanto, no se violó el artículo 524 mencionado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372751-a759257b/testigos-en-el-procedimiento-obrero-las-partes-deben · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 5674/44. A. R. viuda de Kleeman María. 19 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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