RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO, EFECTOS DE LA ACCION DE.
Si los patronos promovieron la rescisión del contrato de trabajo, la orden de las autoridades previniéndoles que ocupen a los trabajadores a quienes afectaría esa rescisión, es inconstitucional, puesto que se juzgaría a los patronos sin haber sido oídos y vencidos en juicio, ya que mientras no se resuelva la acción rescisoria, el contrato de trabajo continúa vivo y la acción única que compete es la de exigir su cumplimiento. La existencia del juicio rescisorio sólo tendrá como consecuencia que los resultados de él quedarán condicionados al juicio de cumplimiento de contrato que se promoviere.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373754-e9d63eb7/rescision-del-contrato-de-trabajo-efectos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATO DE TRABAJO, RESCISION DEL. (s/clave)
- RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO. OPERA UNILATERALMENTE. (s/clave)
- RESCISION, SOLO PUEDE SER ALEGADA POR EL PATRON EN VIA DE EXCEPCION. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO, RESCISION DEL. IMPROCEDENCIA DE LA ACCION, CUANDO EL TRABAJADOR HA SIDO DESPEDIDO. (s/clave)
- TRABAJO, RESCISION DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- TRABAJO, RESCISION DEL CONTRATO DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis