Corpus
Modo: Corpus Pro

ACUMULACION EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 373787 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4412

El artículo 478 de la Ley Federal del Trabajo, preceptúa que la acumulación, podrá decretarse a petición de parte o de oficio, que formulada la petición, se resolverá desde luego, sin necesidad de audiencia especial ni otra sustanciación, y que, en materia de acumulación, se aplicará para determinar su procedencia o improcedencia, supletoriamente, las disposiciones relativas del Código Federal de Procedimientos Civiles. Ahora bien, del texto de tal disposición se desprende que el grupo responsable, aun cuando tuvo facultad para decretar la acumulación de unos juicios, sin embargo no estuvo en la obligación de hacerlo, por ser potestativo para el mismo, sin que pueda decirse que violó el referido artículo; máxime, si se tiene en cuenta que el quejoso, conforme al mismo precepto, estuvo en posibilidad de promover dicha acumulación, lo que hizo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373787-a55e2837/acumulacion-en-el-procedimiento-obrero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 5739/44. Verde Agustín. 4 de diciembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.