CENSO ESCOLAR.
La alegación del quejoso, sobre que el censo escolar que los trabajadores que ahí aparecen, están a su servicio, carece de consistencia, si el censo se levantó en la finca que el quejoso explota, cumpliendo con los requisitos que determina la ley y apareciendo suscrito por la persona que se encontraba como administradora de la finca, sin que hubiese formulado protesta alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373939-cc509ea5/censo-escolar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9279/43. Sauza Eladio. 26 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilio López Sánchez.
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