JUBILACION DE TRABAJADORES.
No puede estimarse violatoria de garantías la absolución de la empresa, por la jubilación reclamada por el trabajador, si éste no acreditó en el juicio, que existiera alguna disposición contractual que concediera el derecho a dicha jubilación, ya que la ley no contiene precepto alguno que otorgue ese derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/374358-a54fa641/jubilacion-de-trabajadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3328/43. Gallegos Eslava Manuel. 7 de enero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.
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