PORTEROS, SALARIO REMUNERADOR DE LOS.
Con relación a los servicios prestados por los porteros, la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia ha resuelto que, con anterioridad a la fecha en que por primera vez se fijó para el Distrito Federal un tipo de salario mínimo, el remunerador podía basarse en la determinación del monto de los productos rendidos regularmente al propietario de la casa en que se prestan los servicios; pero a partir de la fijación en el Distrito Federal, de un tipo de salario mínimo, la determinación del remunerador debe relacionarse con el monto de aquél, teniendo en cuenta el número de horas de labor efectivamente trabajadas por el portero reclamante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375652-fa2ba1bc/porteros-salario-remunerador-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PORTEROS, SALARIO REMUNERADOR DE LOS. (s/clave)
- PORTEROS, SALARIO REMUNERADOR DE LOS. (s/clave)
- PORTEROS, SALARIOS DE LOS. (s/clave)
- PORTEROS, SALARIO REMUNERADOR DE LOS. (206)
- PORTEROS, SALARIO REMUNERADOR DE LOS. (335)
- PORTEROS, SALARIO REMUNERADOR DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis