TRABAJO, CONTESTACION FICTA DE LA DEMANDA EN MATERIA DE.
El artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo, dispone que si el demandó no comparece o resulta mal representado, se tendrá por contestada la demanda en sentido afirmativo, salvo prueba en contrario; de lo que se sigue que el propio demandado tiene expeditos sus derechos de defensa para aportar las demostraciones que considere necesarias y que tiendan a destruir los hechos narrados en la demanda, que se dieron por ciertos en virtud de su no comparecencia, siempre que esas demostraciones no constituyan elementos de prueba constitutivos de alguna excepción, que deba oponerse al contestar la demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376424-76fed4fe/trabajo-contestacion-ficta-de-la-demanda-en-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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