COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA PARA CONOCER DE AMPAROS CONTRA LAUDOS DE LAS JUNTAS.
El artículo 44 de la Ley de Amparo previene que las Salas de la Suprema Corte de Justicia son competentes para conocer en única instancia, de los juicios de amparo que se promuevan en contra de las sentencias definitivas, así como de los laudos dictados por la Juntas de Conciliación y Arbitraje; por lo que si se trata de un laudo dictado por uno de los grupos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en un conflicto individual de trabajo, en cuya tramitación se observaron las formalidades que la ley respectiva señala, hasta dictarse el laudo que puso fin a la controversia y que, según los motivos que dieron lugar a ello, se equipara para los efectos constitucionales, a una sentencia definitiva, carece de fundamento alguno el auto de la presidencia que no considera el asunto comprendido en el citado artículo y que ordena remitir la demanda al Juez de Distrito; y como las reglas de competencia son de orden público, al tener la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conocimiento del asunto en revisión, ésta debe declararlo de su exclusiva competencia, según el repetido artículo, y declarar insubsistente la sentencia dictada por el inferior, de conformidad con el artículo 94 de la Ley de Amparo, sin remitir el expediente al presidente de la Suprema Corte, para la sustanciación del amparo directo, como lo manda la parte final del precepto últimamente citado, puesto que se cumplieron las formalidades del procedimiento que la ley exige para la tramitación del amparo ante la propia Corte, cuando conoce en única instancia, ya que este trámite resultaría inútil y en perjuicio de la economía procesal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376738-8a1ca535/competencia-de-la-suprema-corte-de-justicia-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO, TRATANDOSE DE LAUDOS DICTADOS POR JUNTAS LOCALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- TERCERIAS ANTE LAS JUNTAS, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LOS LAUDOS DICTADOS EN LAS. (s/clave)
- INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY, INCOMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE PARA CONOCER DE CONCEPTOS DE VIOLACION RELATIVOS A LA, EN AMPARO DIRECTO. (s/clave)
- COMPETENCIA EN AMPARO. (s/clave)
- TRABAJO, AMPARO PEDIDO POR LOS EXTRAÑOS AL CONFLICTO DE COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. (s/clave)
- COMPETENCIA EN AMPARO CONTRA RESOLUCIONES EN INCIDENTES EN JUICIOS PENALES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis