JUNTAS, EXAMEN DE LAS PRUEBAS RENDIDAS ANTE LAS.
La circunstancia de examinar sólo parte de las pruebas que se han rendido en la reclamación, y no todas, como tienen obligación legal de hacerlo las Juntas, viene a hacer que el laudo respectivo sea inconstitucional, debiendo concederse el amparo para que se dicte nuevo laudo, con estudio y apreciación de todas las pruebas rendidas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377021-7e82113c/juntas-examen-de-las-pruebas-rendidas-ante-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3144/41. Ruz de Domingo Rita, sucesión de. 24 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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