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Modo: Corpus Pro

REMATES EN MATERIA DE TRABAJO, ANUNCIO DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 377550 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1730

El artículo 627 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que el remate de los bienes inmuebles se anunciará en los tableros de la Junta de que se trate y en dos periódicos, uno que será el oficial de la entidad respectiva, y el otro, uno en la localidad en que se encuentren ubicados los bienes, no es aplicable cuando se trata de remates de muebles, pues la norma que rige el anuncio de estos últimos, es la contenida en el artículo 610 de la misma ley, que establece que el remate se anunciará en los tableros de la Junta y en los del palacio municipal de la población donde ella radique.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377550-2f75c361/remates-en-materia-de-trabajo-anuncio-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 7802/40. Rodríguez Heraclio. 7 de mayo de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo.

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