FIANZA EN EL AMPARO.
La calificación de las fianzas incumbe esencialmente a la autoridad que resuelve sobre la suspensión, y la Suprema Corte sólo puede resolver sobre su insuficiencia, cuando resulte notoria, o cuando el fiador no tenga la necesaria solvencia para garantizar las prestaciones por que debe responder.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377561-77510d06/fianza-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 1397/41. Delgado Juan y coags. 3 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.
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