JUNTAS, VALORACION DE LA PRUEBA TESTIMONIAL ANTE LAS.
La valoración de la prueba testimonial corresponde a las facultades jurisdiccionales de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, y sólo en el caso de que el criterio de dichas autoridades aparezca absurdo o contrario al sentido común, puede concederse el amparo que contra ellas se solicite, para modificar de algún modo ese criterio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377603-a6dad78c/juntas-valoracion-de-la-prueba-testimonial-ante-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia del trabajo 7084/40. Gutiérrez Angel. 20 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
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