SALARIO REMUNERADOR, FIJACION DEL.
Si bien es verdad que se ha sentado en varias ejecutorias, que las autoridades del trabajo pueden fijar un salario remunerador, aun cuando sea menor que el mínimo, cuando el trabajo se desarrolla en periodos menores que la jornada legal y los reclamantes disponen de tiempo suficiente para dedicarse a otras actividades que les produzcan otros ingresos, también debe tenerse en cuenta que cuando se acepta que el trabajo se desempeñaba en forma continua, durante la jornada legal, el salario remunerador no puede, en ningún caso, ser menor que el mínimo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377837-b8e3fa53/salario-remunerador-fijacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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