SALARIOS, AUMENTO DE LOS.
Para resolver sobre la petición de salarios, en un conflicto de orden económico, es ineludible el conocimiento de la situación económica de los demandados, ya que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 576 de la Ley Federal del Trabajo, el laudo debe fundarse en los informes, dictámenes y pruebas, únicos elementos por medio de los cuales, puede conocerse la situación económica de una negociación; por lo que si la Junta manifiesta que no conoce esa situación, y ello no obstante, condena al aumento de salarios, es indudable que el laudo respectivo carece de apoyo legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378102-f94720c6/salarios-aumento-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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